Miercoles 24 de Abril de 2024

Por medio de las Resoluciones del Ministerio de Educación Nº 1724/2013 y Nº 3021/2019 Declaro la Inclusión en la nómina del artículo 43 de la Ley N° 24.521 a los títulos de LICENCIADO/A EN ENFERMERÍA y LICENCIADO/A BROMATOLOGÍA respectivamente.

El 20 de abril de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución del Ministerio de Educación Nº 159/2020 de fecha 16 de abril, mediante la cual incluye en la nómina del artículo 43 de la Ley N° 24.521el título de LICENCIADA EN OBSTETRICIA.

El artículo 43 de la Ley de Educación Superior establece que los planes de estudio de carreras correspondientes a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público, poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes, deben tener en cuenta los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre intensidad de la formación práctica que establezca el MINISTERIO DE EDUCACIÓN en acuerdo con el CONSEJO DE UNIVERSIDADES.

Consideramos oportuno destacar que las carreras de Interés público, son aquellas que su regulación implica control directo sobre los contenidos curriculares básicos y los criterios de intensidad de la formación práctica a través del CU, la acreditación periódica ante la CONEAU y el establecimiento de las actividades profesionales reservadas exclusivamente para ellos.

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